✔La aceptación de una herencia está ligada, siempre, al pago del conocido Impuesto de Sucesiones.
👍🏻Este gravamen está regulado de manera autonómica y en ciertas comunidades es mucho más caro que en otras, llegándose incluso al extremo de renunciar a la herencia para no tener que hacer frente a este pago.
🚫Si decides renunciar a la herencia para cedérsela a un tercero, tendrás que hacerte cargo de pagar no uno si no dos impuestos: uno lo pagarás tu (que cedes) y otro, el que recibe la herencia.
💶Tienes que pagar el impuesto de sucesiones como si herederas realmente y, a la vez, la persona que recibe esos bienes gracias a la cesión deberá liquidar el impuesto como una donación.
📌Igualmente, habrá que afrontar el pago de la plusvalía municipal correspondiente en el caso de que haya inmuebles en el testamento y la paga el donante.
❌Pero CUIDADO: quien renuncia a favor de una tercera persona no deja de asumir la condición de heredero y, por lo tanto, podría llegar a tener que responder antes las deudas del fallecido si este las tuviese. Esta sí es una de las razones más de peso para acabar renunciando (sin ceder) a una herencia: la cuantía de las deudas que también se heredan.
Greicy Pacheco
Asesor Comercial
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