Como asesores inmobiliarios sabemos que a la hora de enfrentarnos a cualquier trámite relacionado con inmuebles, tanto nuestros clientes compradores como vendedores pueden sentir dudas sobre la seguridad de la transacción. Dudas que también surgen en el caso de los arrendamientos. Es por eso que recomendamos el arbitraje notarial para que la operación nos aporte la máxima confianza y tranquilidad.
Una de las decisiones más importantes que puedes tomar en tu vida es comprar una vivienda. Por eso tienes que hacerlo de forma segura y con todas las garantías.
El arbitraje notarial es una iniciativa legal, que permite que las partes implicadas puedan afrontar la operación de compraventa y/o arrendamiento con total seguridad jurídica.
En el caso de que surja algún problema antes de la escritura notarial, el notario asume la posición de árbitro y puede resolver el conflicto en breve tiempo, haciendo que la operación de compra-venta sea segura y fiable, ya que el Notario en nuestro sistema jurídico tiene la función de controlador de la legalidad en las relaciones contractuales.
¿Qué es lo que se somete al Arbitraje Notarial en compraventa?
Lo sometido a arbitraje en compraventa es el contrato previo con sometimiento a arras penitenciales hasta que sea formalizada la escritura pública de compraventa.
Cuando se firma un contrato debe anexarse el Convenio Arbitral. En este documento todas las partes del contrato acuerdan someterse a arbitraje y que las diferencias generales sean resueltas por un Notario, ejerciendo este como árbitro.
Si el comprador incumple: el vendedor podrá volver a ofrecer el inmueble en muy breve plazo de tiempo, con total libertad y además apropiarse legítimamente de las cantidades entregadas o “arras”, puesto que estará habilitado mediante laudo (equivalente a sentencia judicial en arbitraje con igual efectividad legal).
Si el vendedor incumple: el comprador no solo podrá recuperar el dinero que haya entregado como reserva sino que podrá exigir lo que legítimamente le corresponde, que es el doble de lo entregado en concepto de arras penitenciales. Y todo de una forma rápida y económica.
¿Qué es lo que se somete al Arbitraje Notarial en arrendamientos?
En arrendamientos, se somete la resolución del contrato por impagos y consiguiente desahucio, o por no realización de obras de conservación por el arrendador al arrendatario.
Además, se someten a arbitraje las controversias relativas a los pagos relativos a renta, fianza, servicios y suministros, gastos generales, obras de conservación, y pequeñas reparaciones.
La razón por la que se podrá afrontar el alquiler con total tranquilidad y confianza es que junto con la firma del contrato de arrendamiento (ya sea en documento privado o en escritura pública) las partes acuerdan que en el caso de que surja un conflicto, el árbitro, o sea, el notario, resuelvan el problema
En Inmoisland recomendamos someter el contrato de compraventa o arrendamiento al Arbitraje Notarial para que la operación nos aporte la máxima confianza y tranquilidad ya que es el mejor medio de resolución de conflictos en materia inmobiliaria.
El Arbitraje Notarial es por tanto, una magnífica herramienta para evitar riesgos y lograr que la operación inmobiliaria tenga todas las garantías.
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